domingo, 23 de octubre de 2011

LA SITUACIÓN ACTUAL DEL SECTOR PENITENCIARIO NACIONAL





Desde hace bastantes años; más de cuatro décadas, Venezuela vive una realidad carcelaria profundamente deteriorada, la cual resulta imposible ocultar. Sobre éste fenómeno social, han investigado y escrito abundantemente diferentes estudiosos, tanto en nuestro País, como en otras partes del mundo, de allí la universalidad del conocimiento.
El liberalismo y hoy día la globalización aceleran el empobrecimiento de la mayoría en beneficio de pocos, y profundizan la limpieza de clase utilizando la cárcel como mero instrumento de exclusión. Se manifiesta claramente la sustitución de lo preventivo como principal acción para generar bienestar social, por lo represivo, donde se impone la intolerancia del Estado, el terror policial y el rigor penal frente a la pobreza, de lo cual no escapa la población desposeída de los países más ricos y avanzados.
Las medidas penales responden a la acción represiva del Estado frente al comportamiento tipificado como antisocial en la legislación penal. Se instrumentan a través de los órganos policiales y de investigación criminalística en principio, con la participación de la fiscalía del Ministerio Público, los Jueces de control, Juicio y Ejecución, para culminar con la intervención del Sistema Penitenciario, que en el caso venezolano debe atender imputados y condenados, representando éste sector el último eslabón de la cadena, pero el más hipertrofiado.
Asumiendo una visión positivista del asunto del delito, en su estudio, origen y formas de control, el Estado tiene la responsabilidad de facilitar los servicios penitenciarios que sirven de estructura para el control, el aislamiento y la ejecución de las penas, incluyéndose en el caso venezolano la atención a imputados y condenados.
Estos servicios suponen como fin principal el tratamiento, la reeducación, la rehabilitación y futura reinserción social, cuya eficacia y eficiencia dependen ciertamente de la inversión estatal, su organización, la infraestructura, los recursos humanos profesionales, el marco regulatorio de funcionamiento, y la planificación y ejecución del plan de acción enmarcado en la política penitenciaria nacional.
El conocimiento de la situación requiere de la revisión en el pasado y el presente, de múltiples variables que pretende abordar este trabajo.
Preliminarmente pudiéramos decir, que la situación penitenciaria venezolana se presenta sumamente compleja y violenta, evidenciando el fracaso de los diferentes actores responsables de la Administración de Justicia y como consecuencia la flagrante violación de los Derechos Humanos de las personas sometidas al régimen penitenciario. Así lo han venido reseñando por muchos años los medios de comunicación, al igual que algunos actores en el pasado y en el presente.
Para el año 1.997, Torrealba, afirmaba "la situación que se está viviendo en los Centros de Reclusión se nos presenta como una bomba de tiempo, que en varias ocasiones ha tratado de estallar, pudiendo hasta ahora ser controlada la situación; pero con resultados sumamente penosos, ya que se han perdido muchas vidas, y quedará en nuestra conciencia la duda de saber si se trataba realmente de personas responsables del delito que se les imputaba, además que después de ocurrida sus muertes el único camino que tienen los administradores de justicia es declarar terminada la averiguación por extinción de la acción penal o sobreseer la causa
“Venezuela vive hoy la más severa crisis que en el orden Social, Ético, Político y moral que se recuerda en la era democrática. En el sector penitenciario es donde más repercute negativamente ésta crisis, toda vez que históricamente el presupuesto para el área ha sido deficitario y últimamente, con el recorte presupuestario, las posibilidades de atender a éste sector de la población que ha perdido su Libertad pero no sus derechos fundamentales, son casi nulas por no decir ausentes.
Cuando la Constitución consideró la gama de Derechos Sociales de los cuales disfrutarían todos los habitantes de la República, no hizo discriminación alguna, por el contrario prohibió hacerlas en función del credo, Raza, sexo ó Condición Social. De eso se desprende que las personas detenidas tienen derecho a disfrutar de un ambiente sano, al trabajo, a la educación, entre otros. De allí que al no existir restricción en la Ley para los reclusos, debe prestárseles una Asistencia Integral completa para así poder soportar los rigores de la Prisión?"

Todos somos iguales ante los ojos de Dios, indiscutiblemente de nuestros errores, fallas, equivocaciones que cada uno de nosotros por ser imperfectos y pecadores podamos cometer, pero es de preguntarse es justo lo que viven todas las personas hasta aquellas que ni siquiera un tribunal las ha encontrado culpable de delitos ya que se encuentran privadas de libertad en dichos centros penitenciarios  y todavía no se  les ha llevado a cabo un juicio oral y público?